La Pampa presentó una cautelar en la Justicia para que suspenda el decreto de Milei que le da a Mendoza el 100% de las regalías de la represa Los Nihuiles

El conflicto por las regalías de la represa mendocina Los Nihuiles, ubicada sobre el río Atuel, sumó un nuevo capítulo esta semana. La provincia de La Pampa presentó una medida cautelar ante la Justicia para suspender el decreto presidencial firmado por Javier Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo, que otorga a Mendoza el 100% de las regalías, las cuales hasta ahora se repartían en partes iguales entre ambas provincias.

La Pampa presentó una cautelar en la Justicia para que suspenda el decreto de Milei que le da a Mendoza el 100% de las regalías de la represa Los Nihuiles

Esta medida generó un fuerte impacto político en La Pampa, donde opositores radicales y macristas apoyaron al gobernador peronista Sergio Ziliotto, aunque también expresaron críticas a la estrategia judicial adoptada. El propio mandatario acusó a Mendoza de haber «robado el río Atuel» tras publicarse el decreto el pasado viernes.

En Mendoza, por el contrario, la decisión fue recibida con entusiasmo, considerada como «un acto de justicia». Incluso se registraron internas entre dirigentes que intentaron atribuirse el mérito del logro de la gestión del gobernador Alfredo Cornejo.

Este lunes, la respuesta pampeana llegó a través de la presentación formal ante la Justicia Federal. «Hemos presentado una medida cautelar solicitando la suspensión inmediata de los artículos del Decreto Presidencial Nº 982/2026 que vulneran nuestros derechos», declaró Ziliotto a través de sus redes sociales. El escrito fue presentado ante el juzgado federal de primera instancia de Santa Rosa, a cargo del juez Juan José Baric.

El gobernador recordó que, además del decreto, existen leyes, acuerdos y sentencias de la Corte Suprema de Justicia que reconocen la interprovincialidad del río Atuel. En particular, citó fallos de la Corte de 1987, 2017 y 2020 que establecen que la represa Los Nihuiles utiliza aguas pampeanas y que, por lo tanto, corresponde a La Pampa recibir regalías. Asimismo, destacó un acuerdo firmado en 1992 entre ambas provincias y el Estado Nacional, homologado por la Corte Suprema, que obliga a Mendoza a pagar regalías a La Pampa basadas en porcentajes fijados por la Ley 15.336 y el Decreto 1560/73, impuestos que ningún decreto presidencial puede anular.

«Lo dijimos, lo ratificamos. No abandonaremos ninguna lucha por lo que nos pertenece. Fieles a nuestra historia, defendemos La Pampa todos los días, donde sea y ante quien sea», concluyó el mandatario.

El decreto 982/2026 firmado por Milei eliminó el decreto N° 1560/73, firmado durante la dictadura de Alejandro Agustín Lanusse, que establecía el reparto equitativo de las regalías de la represa. El gobierno nacional validó la interpretación de que el río Atuel es interjurisdiccional, por lo que las ganancias deberían repartirse en partes iguales.

Este punto originó el conflicto económico. A raíz del decreto, Mendoza reclama ahora las regalías que supuestamente debió compartir con La Pampa durante 53 años, exigiendo además el pago de 680 millones de dólares más intereses por parte de la provincia vecina.

Desde 1984, mediante la ley 23.164, el reparto de regalías hidroeléctricas se estableció en un 12% del valor generado, distribuido equitativamente entre ambas provincias. Actualmente, la suma anual en disputa ronda los 2,5 millones de dólares. Mendoza anticipa que este valor podría aumentar en los próximos años y justifica la publicación del decreto con el llamado a una nueva licitación para los próximos 30 años.

La clave del reclamo pampeano radica en el convenio de 1992 celebrado entre el Estado Nacional, Mendoza y La Pampa, homologado por la Corte Suprema. Según la Agencia Provincial de Noticias de La Pampa, «el derecho a percibir estas regalías no surge únicamente del Decreto N° 1560/73, sino también de dicho convenio, en el que las partes asumieron obligaciones expresas respecto del pago a favor de La Pampa». Señalan además que, al tratarse de un acuerdo entre jurisdicciones, ninguna puede modificar unilateralmente los compromisos asumidos, y que el Estado Nacional intervino como parte integrante, no como autoridad superior a las provincias.